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MOP firma Memorándum de entendimiento con la República de Corea

MOP firma Memorándum de entendimiento con la República de CoreaEl Ministro de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano, Gerson Martínez y el Ministro  de Territorio, Infraestructura y de Transporte de la República de Corea, Kang Hoi,  firmaron un Memorándum de Entendimiento para fortalecer los vínculos de amistad y cooperación entre ambos países. A la firma asistió en representación del Ministro de la República de Corea,  el Ministro adjunto del Ministerio de Tierra, Infraestructura y Transporte de Corea y Jefe de la Delegación Kim, IL Pyeong.

El objetivo del Memorándum es promover el interés mutuo por medio del intercambio de tecnologías y experiencias acerca de la implementación  de políticas de Sistemas de Transporte Inteligente e Infraestructura de la Red Vial y expandir la cooperación entre organizaciones públicas y privadas involucradas en el campo del Sistema de Transporte Inteligente.

Las áreas de cooperación incluirán:

  • Planeación y políticas relacionadas al  Sistema de Transporte Inteligente e Infraestructura de la Red Vial
  •  Investigación y desarrollo  relacionadas al tema
  •  Diseño y puestas en marcha
  •   Cooperación de gobierno a gobierno
  • Gestión estratégica del riesgo y blindaje al Cambio Climático
  • Cualquier otra forma de cooperación que sea decidida conjuntamente entre las Partes.

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La cooperación entre ambos países se podrá realizar mediante encuentros de trabajos, ya sea por medio de reuniones virtuales o presenciales en los lugares y fechas acordadas.

Además se tendrá un intercambio de expertos, investigadores, técnicos y formaciones y programas de educación a través de seminarios técnicos, exhibiciones y exposiciones relevantes, entre otros.

Los gastos asociados con las iniciativas que se desarrollen conforme a este acuerdo estarán sujetos a la disponibilidad de fondos de cada Estado.

 

El  presente Memorándum entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción y tendrá una vigencia de cinco años, prorrogables por períodos iguales, a menos que una de las Partes notifique a la otra, por la vía diplomática, su decisión de no renovarlo.

 

San Salvador, 29 de marzo de 2016

Publicado el 29-03-2016.