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Dirección General de Caminos

La Dirección General de Caminos depende jerárquicamente de la Dirección  Ejecutiva del Viceministerio de Obras Públicas, ejerce supervisión directa sobre la Subdirección   Legal  y  la Subdirección Técnica.

Tiene como objetivo regular el buen uso de los Derechos de Vía, normado por la Ley de Carreteras y Caminos Vecinales.

Tiene las funciones siguientes:

  1. Administrar el Derecho de Vía e impulsar el régimen jurídico sobre disposiciones legales que la Ley de Carteras y Caminos vecinales exige.
  2. Iniciar los procesos administrativos de forma oficiosa o por denuncia.
  3. Monitorear a través de las unidades técnicas   el buen uso de los derechos de vía de las carreteras construidas, en construcción y por construir.
  4. Ejecutar el cumplimiento de las resoluciones finales producto   de los procesos administrativos evacuados.
  5. Participar a petición de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones   a formar parte de las comisiones de evaluación de ofertas.
  6. Promover previo inicio de proceso administrativo la remoción de vallas o estructuras ubicadas en el derecho de vía.
  7. Brindar  opinión  legal en los diferentes  casos que  son  de competencia  de esta Dirección  que son solicitados por los diferentes usuarios  internos y externos.
  8. Realizar   ele manera conjunta con personal especializado de unidades técnicas inspecciones.
  9. Coordinar procedimientos con la Policía Nacional Civil para ejecutar la remoción de obstáculos que existan en la vía pública.
  10. Monitorear a distribuidoras empresas de energía eléctrica para que hagan buen uso ele los espacios de Derecho de Vía la colocación de postes.
  11. Analizar y   resolver   todas las peticiones   realizadas por   la Fiscalía General   de la República, Ministerios, Alcaldías e Instituciones Autónomas que fueren requeridas.
  12. Realizar los diferentes Estudios Registrales en el Centro Nacional de Registros de los inmuebles para determinar los presuntos infractores a la Ley de Carreteras y Caminos Vecinales.